El documento fue elaborado por el Comité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Chile.

En el marco de sus actividades de instalación del Comité Comité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Chile, se sintetizaron los principales hallazgos en el área de personas mayores incluyendo [a] un catastro de los ELEAM a nivel nacional; [b] la caracterización de las personas mayores residentes en los ELEAM; [c] organismos de monitoreo/fiscalización nacionales e internacionales, además de incluir a las organizaciones de la sociedad civil referentes a personas mayores; y, [d] diagnóstico de las principales vulneraciones que enfrentan las personas mayores y estudios en derechos humanos en la materia.

Una de las conclusiones con relación al trato que reciben las personas mayores institucionalizadas, destaca “que no existe una defensoría especializada para ellas, como en el caso de la Defensoría de los Derechos de la Niñez, sin perjuicio de la exigencia de programas o iniciativas acotadas. En ese sentido, SENAMA cuenta con el Programa de Buen Trato y Defensor Mayor de SENAMA, el cual brinda apoyo, asesoría y coordinación intersectorial (redes locales) ante casos de maltrato, sin embargo no tienen facultades de accionar judicialmente y/o de representar a las personas mayores. Asimismo, las Corporaciones de Asistencia
Judicial implementaron en el año 2020 duplas socio-jurídicas en las regiones del país para atender a personas mayores”.

Para el Comité, esta falencia hace que estructuralmente las personas mayores no cuenten con programas integrales y eficaces en la defensa de sus derechos, en ámbitos tan sensibles como el maltrato o al abuso que puedan sufrir. “Sería deseable que se desarrollaran las reformas legales pertinentes, a efectos de que exista un marco de defensa especializada, que permita también cumplir con el mandato de la CIPM”.

Lee aquí el informe

*El Comité de Prevención contra la Tortura es una entidad funcionalmente autónoma, creada por la Ley 21.154, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado de Chile al suscribir el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2002.

El Soberano

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