No pocos aspirantes a convertirse en convencionales han explicitado su carácter “animalista” (calificados por sus críticos como “perristas” o “mascotistas”). De esta forma, se corre serio riesgo de que esos grupos fundamentalistas puedan plasmar en la Carta Magna una defensa tan irrestricta como irracional de los animales domésticos “de vida libre”, entre los que destaca el millón y medio de perros que, a diario, y más allá de vagar libres por calles y campos, forman jaurías y ocasionan la muerte de especies nativas protegidas por ley y de animales fundamentales para la subsistencia de familias campesinas. De imponerse esta visión, se trataría de un verdadero atentado al patrimonio medioambiental de Chile.
*Sergio Lastra
Ecologista
Tal como ocurre con la inclusión del feto en la actual Constitución, que imposibilitó durante muchos años y puso en riesgo la aprobación de la ley de aborto en 3 causales, la incorporación de animales domésticos (como perros y gatos) en nuestra futura carta magna, podría dificultar seriamente la implementación de políticas de salud y seguridad públicas, así como de protección a nuestra amenazada y siempre postergada fauna nativa. ¿Se imaginan un artículo constitucional del tipo “La ley protege la vida de cada animal”? Ahora, piensen en todos los recursos legales que presentarán las ONG animalistas fundamentalistas, para impedir cualquier medida de resguardo de personas o fauna nativa que aparezca como contraria a su ideología de “protección animal”, por implicar el sacrificio de perros y gatos.
¿Se pueden sacrificar animales domésticos, sin dejar de protegerlos? Sí, cuando se usan métodos que provocan una muerte rápida y sin mayor sufrimiento. Porque “la protección de la vida” no es un principio absoluto, ni siquiera en el caso de personas, donde existen situaciones que justifican terminar con ella.
Más aún, el sacrificio se usa también para proteger a perros o gatos sin dueño que, estando sueltos, quedan expuestos a atropellos o maltrato deliberado, además de pasar hambre, sed, frío o calor extremo. Incluso en los refugios para animales se aplica el sacrificio, para asegurar su bienestar: “en el caso de animales que no pueden ser reubicados en otros hogares, o para evitar el hacinamiento”, como establece la Sociedad Mundial para la Protección de los Animales (ex WSPA, actual WAP) en su publicación “Métodos de eutanasia para perros y gatos: comparación y recomendaciones” (Pág. 4, inicio segunda columna); o la Sociedad Humanitaria de EE.UU. (HSUS por sus siglas en inglés) en sus “Pautas de la HSUS para la Operación de un Refugio de Animales” (Pág. 8: “Eutanasia del Exceso de Animales”) De hecho, mantener de por vida en un estrecho canil a perros o gatos que nadie quiere adoptar, también debería calificar como maltrato o sufrimiento animal.
Siempre es necesario recordar que el sacrificio animal, debe implementarse en conjunto con medidas de Tenencia Responsable. Porque ninguna medida por si sola (ni la esterilización ni la educación) son eficientes para controlar la población de gatos y perros sueltos. La Máxima Autoridad Mundial en Sanidad Animal, la OIE (equivalente a la OMS) en su “Código sanitario para los animales terrestres” (Art. 7.7.6 del Capítulo “Control de las poblaciones de perros vagabundos”) lo recomienda: “Cuando se recurra a ella (eutanasia) será menester actuar de forma compasiva y conjugarla con otras medidas para lograr un control eficaz a largo plazo”
Respecto a la evidencia y referencias de opinión experta en Chile, la Asociación de Médicos Veterinarios Especialistas en Fauna Silvestre, declara que “la ley (Nº 21020 o «Cholito») impone limitaciones objetivas para alcanzar en el corto plazo el control efectivo de la sobrepoblación de perros sin propietarios, de momento que prohíbe el sacrificio como uno de los métodos de control”. Por su parte, la Comisión de Médicos Veterinarios Revisores de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas Nº 21020, advierte que “la prohibición de la eutanasia en estos animales (perros y gatos ferales o asilvestrados) se contradice con la protección del medio ambiente y áreas naturales”.
En tanto, la Red de Investigación en Zoonosis declara: “Basándonos en estas evidencias, concluimos que las jaurías de perros asilvestrados constituyen efectivamente animales peligrosos para la integridad ecológica y sanitaria de las poblaciones de animales y personas de nuestro país, y recomendamos decididamente su inclusión como animales dañinos en el Reglamento de la Ley de Caza”; y agrega: “Discrepamos además con lo expresado en la comunicación existente en la página web del SAG, sobre que “los perros vagos que deambulan en nuestras ciudades no afectan al ser humano ni al medio ambiente”, lo cual según investigaciones realizadas tanto dentro como fuera de Chile demuestran exactamente lo contrario”. Precisamente esas investigaciones forman parte de la publicación científica “La pérdida de la percepción al riesgo de zoonosis y la figura del perro comunitario”, en la Revista Chilena de Infectología, que explicita las amenazas que significan los perros vagos urbanos o “comunitarios” para la salud y seguridad públicas en ciudades.
Finalmente, cabe destacar que Holanda, ejemplo de bienestar animal, usó el sacrificio masivo de perros para llegar a la situación de control de población de esos animales, que hoy ostenta (“Control de perros callejeros: experiencia y regulaciones”. Biblioteca del Congreso Nacional) Y Suiza, otro referente incluso a nivel constitucional, aún sacrifica perros sin dueño, pese a estar libre de estos animales en las calles (“Técnicas de control de poblaciones caninas callejeras usadas a nivel mundial”. Universidad Austral)
El resguardo de la condición de “seres sintientes” de los animales, no requiere de garantía constitucional: basta con una ley simple. La que sí necesita protección al más alto nivel legal, es nuestra biodiversidad (que incluye a la fauna nativa) amenazada por diversos factores: mineros, agrícolas, inmobiliarios, obras públicas; y también personas; y animales domésticos, cuya inclusión en la nueva Constitución, sólo complicaría la protección de nuestra biodiversidad.